7 Ago 2025, Jue

Llueve sobre mojado: cuando legislar es reprimir

Patricia Martínez
31 MAY 2025 – 18:21 (CEST)

La entrada en vigor de la Resolución 9/2025 del Instituto de Información y Comunicación Social (IICS) no es un hecho aislado ni fortuito. No se trata de una medida administrativa puntual para “ordenar” el ecosistema mediático, como sugiere el discurso oficial. Por el contrario, esta norma se inserta en una larga cadena de acciones represivas del régimen cubano contra la libertad de expresión, que han evolucionado al compás de las tecnologías y las resistencias ciudadanas.

La nueva Resolución permite al gobierno cerrar sitios web y cancelar publicaciones sin avisar antes, si consideran que violan los “principios socialistas”. Esto significa que muchos medios independientes pueden desaparecer de internet de un momento a otro, sin posibilidad de defensa. Además, obliga a las empresas que alojan páginas web a prestar servicios solo a medios registrados oficialmente, dejando fuera a los independientes. También obliga a controlar de dónde vienen los fondos de los medios, lo que dificulta aún más que los medios críticos puedan operar.


Desde hace más de una década, el gobierno de Miguel Díaz-Canel ha entendido que la batalla más difícil no se libra en la economía —ya devastada— ni en las urnas —que no existen—, sino en la narrativa. La guerra del relato. Por eso, legisla con el mismo objetivo con que censura: controlar lo que se dice, quién lo dice y desde dónde se dice.

Decreto 349: el arte como enemigo

En 2018, mientras la prensa oficial hablaba de “cultura revolucionaria”, el gobierno aprobaba el Decreto 349, que obligaba a los artistas a registrarse y obtener permisos previos para exponer sus obras, ya fueran conciertos, performances, exposiciones o incluso intervenciones en espacios privados.

La medida fue duramente rechazada por la comunidad artística, incluidos conocidos creadores como Luis Manuel Otero Alcántara, Tania Bruguera y el Movimiento San Isidro, que la denunciaron como un ataque directo a la independencia del arte cubano. Fue una ley hecha a la medida del miedo: el miedo del poder a los símbolos, a la metáfora, a la crítica implícita.

En 2021, el propio Díaz-Canel reconoció públicamente que el 349 había sido “mal planteado”, pero nunca fue derogado. Solo se archivó el escándalo mediático, mientras la represión continuaba por otros cauces.

Decreto 370: la Ley Azote

Un año después, en 2019, el régimen volvió a cargar contra la disidencia digital con el Decreto-Ley 370, conocido como la “Ley Azote”, por su carácter punitivo contra quienes publican contenidos considerados “contrarios al interés social, la moral, las buenas costumbres o la integridad de las personas”.

Esta ley debutó en 2020 con una multa a la periodista independiente Iliana Hernández, la primera, y desde entonces ha sido aplicada de forma sistemática contra activistas, opositores, periodistas y ciudadanos comunes que se atreven a compartir opiniones críticas en sus redes sociales. Las sanciones incluyen desde multas de hasta 3.000 pesos cubanos (más de un salario mensual) hasta la confiscación de equipos electrónicos.

Organizaciones como Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Sociedad Interamericana de Prensa han denunciado que el Decreto 370 viola el derecho a la libertad de expresión y opinión consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Pero en Cuba no se legisla para garantizar derechos. Se legisla para silenciar la disidencia.

El Parlamento Europeo y las denuncias internacionales

En junio de 2021, tras las protestas del 11J, el Parlamento Europeo aprobó una resolución en la que pedía al gobierno cubano derogar inmediatamente los Decretos 349 y 370, junto a otras disposiciones legales usadas para castigar la libertad de prensa y el pensamiento crítico.

Pese a estas demandas, el régimen no sólo ha ignorado las recomendaciones, sino que ha profundizado la represión. La aprobación de la Ley de Comunicación Social en 2023, y la reciente entrada en vigor de la resolución 9/2025, lo confirman. No hay marcha atrás. La censura ha sido elevada a política de Estado y a doctrina legal.

Resolución 9/2025: el cierre como castigo preventivo

Lo que diferencia a la resolución recién aprobada es que elimina la necesidad de notificación previa para suspender o cancelar el registro de medios digitales. Es decir: el Estado se reserva el derecho de apagar cualquier sitio web o publicación sin explicaciones, sin proceso y sin defensa, si considera que estos “violan gravemente los principios socialistas”.

A esto se suma el castigo adicional: si un medio sancionado vuelve a publicar contenido tras su cancelación, el titular del sitio puede recibir sanciones más severas. No se persigue una acción, se persigue una intención. Es la criminalización del pensamiento crítico.

Además, la resolución obliga a los proveedores de hosting a trabajar solo con sitios registrados oficialmente, lo cual expulsa del ecosistema digital cubano a los medios independientes, que no son reconocidos por el aparato institucional del régimen. En la práctica, se trata de una limpieza digital selectiva, ejecutada bajo el disfraz de “ordenamiento”.

¿Orden o obediencia?

La historia reciente demuestra que cuando el régimen cubano dice “ordenar”, lo que realmente quiere decir es disciplinar, castigar, desaparecer voces incómodas. Lo hizo con la Tarea Ordenamiento en la economía, y ahora lo repite con los medios de comunicación. No se trata de errores de diseño, sino de una lógica autoritaria.

Legislar es gobernar, pero en Cuba, legislar es reprimir. Y el silencio al que aspira el poder es el del miedo, no el de la paz.

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