6 Ago 2025, Mié

El error legal que puede costarte la nacionalidad por Ley de Memoria Democrática

El 76 % de los requerimientos en el Consulado de España en La Habana son por expedientes mal presentados como bisnietos, mientras el nuevo sistema de citas continúa sin implementarse.

Redacción DisiClaro
La Habana | 10 JUN 2025 | 6:51 AM
Cola en Asuntos Generales del Consulado de España en La Habana (DisiClaro)

Miles de cubanos están solicitando la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022), pero lo hacen —en muchos casos— sin comprender a fondo los límites legales de esta normativa. En grupos de WhatsApp, Telegram y redes sociales circulan consejos erróneos, plantillas sin base jurídica y audios que recomiendan presentar el expediente “como bisnieto” para avanzar más rápido, aunque esa figura no está reconocida por la ley. El resultado: requerimientos, denegaciones y, en muchos casos, la imposibilidad de corregir el error a tiempo.

Según datos del diario El País, más de 678 000 personas han solicitado la nacionalidad española por esta vía desde octubre de 2022. El Consulado General de España en La Habana es el segundo del mundo con mayor volumen de expedientes, solo detrás del de Buenos Aires. Sin embargo, sufre demoras de hasta un año y tres meses solo para entregar la credencial inicial, y la mayoría de los errores detectados —según fuentes jurídicas y consulares— provienen de personas que se presentan como bisnietos cuando no deben hacerlo. Se estima que el 76 % de los requerimientos y denegaciones en La Habana están vinculados a este error.

El problema surge cuando hijos mayores de edad, cuyo padre o madre aún no han tramitado o recibido la nacionalidad, deciden presentar el expediente por el abuelo (hijo e español nacido en Cuba). Es decir, se autodefinen como bisnietos en lugar de esperar ser reconocidos como hijos de un ciudadano español. Lo hacen con la intención de “ganar tiempo”, pero este atajo podría cerrarle la puerta definitivamente a la nacionalidad.

La Ley 20/2022, en su Disposición Adicional Octava, establece que pueden optar a la nacionalidad española los hijos y nietos de españoles de origen. No se menciona a los bisnietos. Para aclarar dudas, el Ministerio de Justicia emitió un oficio el 18 de enero de 2023, donde especifica que los hijos mayores de edad de personas que adquieran la nacionalidad por esta ley sí pueden presentarse luego de que sus padres entregen su documentación, pero como hijos, no como bisnietos. La vía legal es esperar a que el progenitor solicite o se reconozca su nacionalidad para entonces presentarse como hijo mayor de un ciudadano español. En muchos grupos de internet se difunde erróneamente que presentar como bisnieto es válido y que “después se corrige”, pero esto no es cierto legalmente. Los consulados están detectando estos errores y emitiendo requerimientos para subsanar el vínculo familiar. Si el expediente no se enmienda, la consecuencia es una denegación definitiva.

Y aquí viene lo más grave: una persona que se presenta como bisnieto y recibe una denegación no podrá defenderse jurídicamente con éxito. Si intenta recurrir la decisión ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, o incluso ante un juez, la respuesta podrá ser negativa porque esta ley no contempla un supuesto legal para bisnietos, y los tribunales se limitarán a aplicar lo que está escrito: solo hijos y nietos pueden beneficiarse.

Esto implica que no habrá posibilidad de apelación viable. No es un simple error administrativo; es una ausencia de fundamento legal. Ni siquiera un abogado podrá revertir la denegación en estos casos. “Cuando no hay un supuesto legal para bisnietos, el recurso es inútil. El juez te dirá: no está previsto en la ley. Y punto”, señala la abogada extranjerista Estela Marina.

Mientras tanto, el Consulado en La Habana enfrenta otra controversia: han pasado más de ocho semanas desde que se anunció un nuevo sistema de solicitud de citas, que supuestamente permitiría a los interesados obtener un justificante que serviría como prueba de que el trámite fue iniciado dentro del plazo legal. Como resultado cientos de citas para presentarse expedientes se han perdido y ha ocasionado desesperación entre l comunidad de expedientes.

Según expertos, este nuevo sistema requerirá que cada solicitud de credencial sea analizada manualmente por un funcionario, quien determinará si el expediente está correcto antes de emitir el justificante. Si hay algún error —por mínimo que sea— la credencial puede ser rechazada o sujeta a requerimiento. Y si la ley ya ha vencido para entonces, el solicitante no podrá enviar una nueva solicitud de credencial corregida, quedando fuera del proceso sin posibilidad legal de regreso.

Por ello, la recomendación de los asesores jurídicos: no presentarse como bisnieto si el padre o madre aún vive y puede solicitar su expediente. Es preferible esperar que el progenitor sea reconocido como español y, entonces aplicar correctamente como hijo. Incluso, abogados extranjeristas recomiendan que si usted tiene su cadena filiatoria viva (es decir, si su padre o madre vive), debe presentar primero el expediente del progenitor. También es válido que ambos —progenitor e hijo— presenten sus expedientes juntos, luego el hijo tiene que esperar a obtener el certificado de nacimiento del padre para entregar su anexo 7 y el expediente entre en su curso legal. Esta es la única vía legal sólida.

En el caso de los bisnietos cuya cadena filiatoria (padres y abuelos) ya ha fallecido, algunos optan por presentar igual el expediente. Pero se insiste en que esa no es la vía prevista por la ley. La norma no contempla a los bisnietos como beneficiarios, por lo que estos casos, aunque excepcionales, no cuentan con un respaldo legal sólido y probablemente no serán defendibles ante un juez. Los bisnietos solo podrían presentar por el abuelo (hijo de español) si el padre ha fallecido, y aún así el éxito es incierto, pues la ley no los contempla explícitamente.

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La abogada Estela Marina, Presidenta de la Asociación de Descendientes Españoles en el Mundo (ADEM), lo resume así: “Están haciendo las cosas muy mal. Se están presentando como bisnietos cuando NO es una ley de bisnietos. No podrán defenderse”.Con el reloj corriendo hacia el 21 de octubre de 2025, fecha en que expira la Ley de Memoria Democrática, los errores apresurados pueden salir muy caros. La nacionalidad española no se gana por velocidad, sino por legalidad y precisión. Y quien no actúe bien desde el principio, podría quedar fuera para siempre.

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